Instituto Europeo Campus Stellae
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Formación: bonificada - F.S.E BECAS 60%
Algo realmente importante a tener cuenta cuando hablamos de MALOSTRATOS, ¿cuando caduca nuestro derecho a denunciar?
según la normativa legal vigente es España, es el siguiente:
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
TÍTULO VII.
CAPÍTULO I.
Artículo 131.
1. Los delitos prescriben:
3. Cuando la pena señalada por la Ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción.
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Formación: bonificada - F.S.E BECAS 60%
Algo realmente importante a tener cuenta cuando hablamos de MALOSTRATOS, ¿cuando caduca nuestro derecho a denunciar?
según la normativa legal vigente es España, es el siguiente:
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
TÍTULO VII.
DE LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL Y SUS EFECTOS.
CAPÍTULO I.
DE LAS CAUSAS QUE EXTINGUEN LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL.
1. Los delitos prescriben:
- A los 20 años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de 15 o más años.
- A los 15, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de 10 años, o prisión por más de 10 y menos de 15 años.
- A los 10, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de 10.
- A los cinco, los demás delitos, excepto los de injuria y calumnia, que prescriben al año.
3. Cuando la pena señalada por la Ley fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción.